Google Ads

No es inusual poner en el buscador de google un producto y que aparezca, como anuncio patrocinado (Google Adwords), el de la marca de tu competencia. Es en ese momento cuando a ti, CEO de tu empresa, implicado en la misma y máximo responsable de la imagen que se da, de repente y sin saber porqué te empieza a subir una rabia incontrolada y te entran ganas de llamar al CEO de la competencia y decirle de todo menos bonito. Lo que haces en vez de eso es llamar a tu abogado para que prepare un BUROFAX inmediatamente.

De hecho, esto es lo que les pasa a muchos de nuestros clientes y la respuesta que debemos dar en todos los casos, y más a raíz de las últimas Sentencias del Tribunal Supremo que siguen e interpretan la Jurisprudencia Europea, es que nada puede hacer. ¿Nada?, bueno en derecho nunca se puede decir NADA.

Analicemos; para que la conducta pueda considerarse como ilícita, ésta debe cumplir con tres requisitos:

  1. Que se trate de un uso en el tráfico económico. Requisito que se cumple en todo caso ya que la intención del anunciante que compra un Adword no es otra que publicitarse en el mercado.
  2. Que dicho uso se realice en relación con determinados productos o servicios. Exigencia que igualmente siempre se da pues toda oferta va ligada a una prestación
  3. Que dicho uso menoscabe una de las funciones de la marca. Y en relación con este requisito, que un usuario medio de Internet no pueda discernir sin duda si los productos o servicios ofertados provienen del titular de la marca –o empresa vinculada a este-, o bien proceden de un tercero.

Por tanto, si comprobamos que el Adword utilizado no menoscaba a la marca, y que el usuario medio de Internet puede distinguir perfectamente entre las dos empresas, no habrá infracción, pudiendo libremente comprar como Palabra Anuncio (Adword) la marca registrada de la que no se es propietaria.

Ante esta situación solo cabe preguntarse si existe una segunda opción para defender nuestros productos. La respuesta debe ser afirmativa aunque arriesgada ya que podríamos:

  1. Acudir al procedimiento propio de reclamaciones de Google a través de un formulario electrónico. Recomendamos rellenarlo con la ayuda de un experto legal en la materia. (services.google.com/inquiry/aw_tmcomplaint?hl=es)
  2. Interponer demanda por infracción de la normativa de competencia desleal y de publicidad parasitaria.

Si deseas más información al respecto, estaremos encantados de atenderte, aquí.

Ginebra Comellas Estibal
Abogada / Socia del Departamento de IP&IT
EMINDSET LAW

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