Presentación por parte de directivos y socios de la futura sociedad del certificado de antecedentes penales de sus respectivos países de origen debidamente apostillados y, en su caso traducidos así como fotocopia del pasaporte vigente también apostillado y, en su caso traducido. Por otra parte, se requiere el plan de empresa y estrategia de inversión, que serán previamente revisados por nuestro equipo.
Asimismo, se requerirá para la pre-apertura de una cuenta bancaria: informe de vida laboral del inversor extranjero, como mínimo dos últimas declaraciones de la renta y justificación del origen de los fondos.
Debe realizarse una solicitud de reserva de denominación social ante el Gobierno de Andorra, autorización que tiene una duración aproximada de una semana desde su solicitud. Dicha denominación puede estar en otra lengua que no sea el catalán. En la solicitud se deberá definir con precisión la actividad del futuro negocio.
Para completar con éxito este trámite se requiere como mínimo tres denominaciones sociales por orden de preferencia, indicando además la estructura jurídica de la sociedad (S.L., S.L.U., S.A., S.A.U., entre otras).
Para saber más sobre denominaciones sociales, os recomendamos nuestro artículo: Primer paso para crear mi empresa en Andorra: la reserva de denominación social.
Esta autorización se solicita al Gobierno Andorrano siempre que el inversor no nacional o no residente en Andorra quiera tener una participación superior al 10% del capital social. La resolución suele tardar entre 1 mes y 1 mes y medio.
En esta solicitud se deberá acompañar el Certificado de reserva de denominación social, el documento de identidad del inversor apostillado y/o traducido y el Certificado de antecedentes penales apostillado y/o traducido.
Será preciso para el éxito de este trámite que se incorpore sin error en el formulario, los datos relevantes de la inversión como por ejemplo los datos de los socios, composición accionarial, los datos de la inversión en Andorra, la experiencia profesional del inversor, la naturaleza de la actividad, esto es, una descripción detallada de las actividades económicas que se quiere desarrollar, los productos que se quiere fabricar/vender /o los servicios que se quieren prestar además de explicar los motivos por los cuales se quiere invertir en el país.
Una vez, el Gobierno Andorrano autoriza la inversión, iniciamos la fase de elaboración de los Estatutos de la Sociedad, donde se tendrá que definir el objeto social de la empresa, su domicilio, la estructura del órgano de administración, así como la designación / nombramiento del mismo.
Es importante en este trámite, confirmar con el Registro de Comercio que el objeto social que se pretende fijar en los Estatutos Sociales están correctamente detallados, a los efectos de no tener posteriormente problemas para dar de alta la actividad de la empresa en el Registro de Comercio.
Una vez validada la redacción del objeto social de los Estatutos, recomendamos regular correctamente la cláusula de transmisión de participaciones y/o acciones, la composición del órgano de administración, incluyendo la posibilidad de que el órgano se pueda reunir por videoconferencia así como llevar a cabo las convocatorias legales por medios telemáticos, a fin de agilizar la toma de decisiones.
Paralelamente al punto d) anterior, será preciso realizar los trámites de pre-apertura de la cuenta bancaria de la sociedad para proceder al depósito del capital social y así obtener el Certificado de desembolso del capital social. Una vez se realiza el desembolso y se obtiene el certificado bancario, el inversor estará en condiciones de firmar la Escritura de Constitución de la Sociedad andorrana, para su posterior inscripción en el Registre de Societats.
Respecto de este punto, os recomendamos leer nuestro artículo titulado, ¿Cómo abrir una cuenta en Andorra?
Con la inscripción de la Sociedad en el Registre de Societats, los socios estarán en condiciones de desbloquear la cuenta bancaria, entregando a la entidad financiera la escritura de constitución de la sociedad así como el Certificado de inscripción de la Sociedad en el registro de sociedades.
El procedimiento de apertura de una cuenta bancaria en Andorra para una sociedad de reciente creación se divide en dos fases:
- La fase de pre-apertura que hemos explicado anteriormente y en la cual se entrega al banco toda la información y documentación requerida para poder pre-abrir la cuenta (datos de la inversión, actividad de la futura sociedad, declaraciones de IRPF, informe de vida laboral, resolución de autorización de inversión extranjera, certificado de reserva de denominación social, entre otras). En esta fase se produce un primer estudio preliminar del perfil del inversor y se pre-abre una cuenta corriente para poder efectuar el desembolso del capital social.
- La fase de desbloqueo de la cuenta que se produce una vez que el banco recibe toda la documentación restante de la sociedad: Certificado de inscripción de la sociedad en el Registre de Societats, NRT de la Agencia tributaria andorrana, Tarjeta de residencia y trabajo por cuenta propia del socio inversor (si aplica), Resolución de apertura del comercio e inicio de actividad y Certificado del Registro de Comercio.
Una vez constituida y registrada la sociedad, el siguiente paso es solicitar la correspondiente autorización administrativa para el ejercicio de actividades. Toda persona que quiera ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios necesita una autorización del Comú donde se vaya a establecer el negocio. Para ello se tiene que solicitar la reserva de nombre comercial y la autorización de Apertura del Comercio.
Para obtener la autorización de apertura del comercio, será necesario obtener el Boletín de instalación eléctrico, para lo cual, un electricista deberá ir a revisar las instalaciones del local, casa o apartamento, así como el contrato de mantenimiento de extintores.
Os recomendamos leer nuestro artículo “la reserva de nombre comercial y la apertura del comercio”.
Tanto para el tipo de sociedad SL y SA es necesario un mínimo de capital para montar una empresa en Andorra: 3.000 euros para las S.L. y 60.000 € para las S.A. Por otra parte, hay que asumir una serie de gastos correspondientes a tasas, depósitos y notarios.