Homologación del permiso de conducir español en Andorra (trámite obligatorio por ley)
Introducción:
Una persona extranjera que cambia su residencia a Andorra, y una vez obtenida la autorización de residencia en el país, tiene la obligación de homologar su permiso de conducir del país de origen y solicitar el permiso de conducir andorrano.
Normativa Andorrana:
La normativa andorra vigente (Decret 545/2022, del 22 de desembre de 2022, d’aprovació del Reglament de permisos i de les autoritzacions administratives complementàries per conduir i del Registre de Permisos de Conduir) determina que, a partir a partir de la obtención y entrada en vigor del permiso de residencia andorrano, el nuevo residente tiene un plazo de 6 meses para homologar su permiso de conducción del país de origen por uno andorrano.
Cuestiones legales a tener en cuenta:
Para este proceso de homologación es importante tener en consideración los siguientes puntos:
- Que el permiso de conducir esté vigente y en plenos efectos en el momento de presentación del trámite de homologación y que éste se haya obtenido antes de la obtención del permiso de residencia en Andorra. Esto implica que el titular del permiso no tiene que estar privado por una resolución judicial o administrativa firme del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, ni tiene que estar sometido a una suspensión, intervención administrativa o pérdida de la vigencia del permido del cual dispone. En caso de ser así, el permiso no se homologa.
- La homologación será automática para aquellos permisos de conducir expedidos en un país miembro de la Unión Europea y que además exista un convenio bilateral vigente. También para aquellos países que tengan convenios bilaterales con Andorra. Existen casos de homologación parcial, solo para la categoría inferior. Dicho esto, el permiso de conducir andorrano de la categoría turismo tipo B se obtendrá de forma inmediata para los permisos procedentes de los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, San Marino, Suecia, Suiza y Chipre.
- Para los demás países, serán requeridas otros documentos adicionales, siempre acompañados de la apostilla de la Haya, como un certificado de autenticidad emitido por la autoridad expedidora del país de origen, un certificado de equivalencia de las categorías que se desean homologar, y traducciones juradas de la documentación si el idioma del documento es diferente al francés, inglés o castellano. También deberá superar un examen práctico (circuito cerrado y circulación en vía pública) de conducción en Andorra. Existen países con los cuales no hay posibilidad de homologación y deberá realizar todo el proceso como si de una nueva obtención de permiso de conducir se tratara.
- Si el permiso de conducir original procede de un país que no sea parte del convenio de la Haya, además de todo lo anterior deberá aportar un Acta notarial que acredite la autenticidad del permiso de conducir y sus respectivas equivalencias, o bien un certificado de autenticidad y un certificado de equivalencia emitido por el organismo competente de expedición de permisos de conducir del país de origen.
- En caso de que no se pueda obtener la documentación requerida, el interesado deberá realizar el procedimiento completo de obtención de permiso de conducir (teórica y práctica) en un plazo inferior a 2 años, desde la obtención del permiso de residencia andorrano y dicho procedimiento será realizado en catalán.
- Se requerirá para todos los casos, superar un reconocimiento médico y aportar una foto de carné.
- Para obtener el permiso de conducción andorrano es obligatorio entregar el permiso original extranjero a la administración andorrana y realizar el canje. No se permite mantener el original además del andorrano.
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Autora: Carla Ruivo, Legal Assistant, Emindset Andorra.